Bonificación a autónomos para conciliación vida familiar
En el RD 1/2015 denominado de mecanismo de la segunda oportunidad, junto a medidas de distintos ámbitos, se articulan ciertas medidas sociales que otorgan beneficios para los trabajadores autónomos en lo que se refiere a la conciliación de su vida familiar.
A este respecto, los trabajadores por cuenta propia se encuentran en una situación considerablemente inferior a los trabajadores por cuenta ajena y por lo que se tiende a acercar posturas con este colectivo.
El contenido de estas medidas a las que nos referimos supone la bonificación del 100 de la cuota de autónomos que se paga por contingencias comunes en dos supuestos: el cuidado de menores de 7 años que estén a cargo del trabajador por cuenta propia así como el tener a cargo a un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado.
La posibilidad de adquirir esta bonificación depende del cumplimiento de unos requisitos que suponen la contratación de un trabajador bien a tiempo completo o por una jornada que no sea inferior al 50 durante el periodo en el que se disfrute de la bonificación y como mínimo 3 meses y que posteriormente al vencimiento de la bonificación se mantenga el alta de autónomo durante al menos seis meses.